MILITARES.-
Aun cuando debe considerárseles como destituidos de empleo cuando extinguen una pena de prisión, no obstante que la destitución no les haya sido impuesta expresamente, esto se debe a la imposibilidad que tienen de ejercer algún cargo en el Ejército; pero en ese caso el procesado conserva su carácter militar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906826-566f472d/militares-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 4273/27.-Robles Refugio L.-7 de marzo de 1930.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Enrique Osorno Aguilar.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XXVIII, página 1299, Primera Sala.
Jurisprudencia relacionada
- MILITARES. (s/clave)
- MILITARES. (s/clave)
- MILITARES. (s/clave)
- MILITARES.- (1886)
- MILITARES. (s/clave)
- MILITARES EN SERVICIO (INVALIDOS). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis