PRUEBA PERICIAL, DESECHAMIENTO DE LA, VIOLATORIO DE GARANTÍAS.-
El desechamiento del desahogo de la prueba pericial resulta violatorio de lo dispuesto por el artículo 20, fracción V, constitucional, aun cuando los términos de su ofrecimiento pudieran considerarse excesivos por pretender invadir la esfera de atribuciones del juzgador, pues no debe pasar desapercibido que siendo los peritos únicamente auxiliares del Juez, como éste según la ley y la jurisprudencia goza de un amplio arbitrio para valorizar los dictámenes periciales, está siempre en aptitud de negarles eficacia probatoria, o bien concederles hasta el valor de prueba plena.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907296-cb562c7b/prueba-pericial-desechamiento-de-la-violatorio-de-garantias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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