ROBO, MONTO DEL.-
La autoridad responsable procedió legalmente al fijar la sanción, si la misma estuvo determinada por el valor pericial de los objetos materia de la acción lesiva, y no por las facturas exhibidas por los ofendidos, toda vez que por el solo hecho de que una mercancía sea adquirida por el comprador y la lleve consigo, sufre un demérito con respecto al valor intrínseco de la misma, ya que el valor de compra no constituye el valor real del objeto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907743-a100f664/robo-monto-del-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5083/53.-Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente.-7 de febrero de 1955.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXIII, página 753, Primera Sala.
Jurisprudencia relacionada
- ROBO, MONTO DEL. (s/clave)
- ROBO, MONTO DEL. (s/clave)
- ROBO, MONTO DEL. (s/clave)
- ROBO, MONTO DEL. (s/clave)
- ROBO, MONTO DEL. (s/clave)
- ROBO, MONTO DEL.- (2803)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis