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Modo: Corpus Pro

USO DE DOCUMENTO FALSO. TÍTULOS DE CRÉDITO (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y CHIAPAS).-

Clave: 3221 · Registro digital (IUS): 908162 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 1495

Si la acusada recibió la letra de cambio con las firmas del girador (denunciante) y aceptante (sobrino), dada la literalidad del título de crédito y las relaciones de parentesco con aquéllos, no quedó obligada a verificar la autenticidad de la firma del segundo y, en tal virtud, al usar el documento en la vía mercantil exigiendo su pago, no incurrió en infracción a pesar de la falsedad, por no deducirse que lo hiciera "a sabiendas", como lo describe el tipo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908162-d8daf972/uso-de-documento-falso-titulos-de-credito-legislaciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1664/57.-Hermila Córdoba Ramón.-5 de agosto de 1957.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen II, Segunda Parte, página 127, Primera Sala.

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