VIOLACIONES A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO.-
No puede considerarse como una violación a las leyes del procedimiento que dejen al quejoso sin defensa, y por consiguiente, que ameriten la concesión de la protección federal, el hecho de que, al tramitarse la segunda instancia, no se haya mandado correr traslado al procurador de Justicia con el escrito de agravios del quejoso, puesto que la acción penal ya se había ejercitado con anterioridad ante el Juez a quo, y por lo tanto, no puede haber violación del artículo 21 constitucional ni menos aún violación al procedimiento que deje sin defensa, porque los términos de la acusación ya fueron planteados, no encontrándose además, esa omisión en la enumeración que hace el artículo 160 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908277-85dba4a6/violaciones-a-las-leyes-del-procedimiento-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- VIOLACIONES A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- INSTANCIA DE PARTE. LA DECLARATORIA DE CONSTITUCIONALIDAD DEL ACTO RECLAMADO SOLO PUEDE HACERSE CUANDO EXISTA ESTA. (s/clave)
- SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- MINISTERIO PÚBLICO, CONCLUSIONES DEL. CUÁNDO NO CONSTITUYEN UNA VIOLACIÓN MANIFIESTA QUE DEJE SIN DEFENSA AL PROCESADO, QUE AMERITE REPONER EL PROCEDIMIENTO.- (4909)
- MINISTERIO PÚBLICO, CONCLUSIONES DEL. CUÁNDO NO CONSTITUYEN UNA VIOLACIÓN MANIFIESTA QUE DEJE SIN DEFENSA AL PROCESADO, QUE AMERITE REPONER EL PROCEDIMIENTO. (V.2o.33 P )
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis