Corpus
Modo: Corpus Pro

COSTAS, CONDENACIÓN A SU PAGO, CUANDO NO SE RINDEN PRUEBAS.-

Clave: 132 · Registro digital (IUS): 913740 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Ap. 2000; Tomo IV, Civil, P.R. SCJN; Pág. 88

La condenación en costas que se apoye en la fracción I del artículo 140 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales, sólo procede cuando materialmente no se han rendido pruebas, y no cuando se han rendido y no han dado resultado, pues entonces el caso queda comprendido en la primera parte del artículo y es necesario examinar si hubo o no temeridad o mala fe.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/913740-9d13b664/costas-condenacion-a-su-pago-cuando-no-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 270/38.-Pedrero Guadalupe.-30 de enero de 1950.-Mayoría de tres votos.-Ausente: Hilario Medina.-Disidente: Roque Estrada.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CIII, página 1055, Tercera Sala.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.