Corpus
Modo: Corpus Pro

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SUS SERVIDORES, RELACIONES DE TRABAJO ENTRE EL.-

Clave: 365 · Registro digital (IUS): 916803 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; Ap. 2000; Tomo V, Trabajo, P.R. SCJN; Pág. 227

Teniendo en consideración que en el apartado B del artículo 123 de la Constitución Federal se encuentra establecida la naturaleza de las relaciones de trabajo entre el Poder Judicial de la Federación y sus trabajadores, y que los conflictos que se suscitan lo son entre dicho poder y uno de sus servidores, la condena que puede dictarse debe ser a cargo del presupuesto del Poder Judicial Federal y no a cargo del patrimonio del funcionario demandado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/916803-a71db006/poder-judicial-de-la-federacion-y-sus-servidores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Conflicto de trabajo 1/71.-Isaías Peralta Peralta contra el Juez de Distrito en el Estado de Tlaxcala, registrado bajo el número 1/69 en la Comisión Sustanciadora.-13 de abril de 1971.-Unanimidad de diecinueve votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 28, Primera Parte, página 46, Pleno.

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