SALARIO MÍNIMO, EN CASO DE PRESTAR SERVICIOS A VARIOS PATRONOS.-
Los propósitos de la ley, al señalar la jornada de trabajo y el salario mínimo, fueron evitar el desgaste del trabajador y conseguir que éste obtenga de su trabajo, lo necesario para su subsistencia; pero no obligar a los patronos a que cubran una cantidad notoriamente desproporcionada con el servicio que se les preste; máxime, si el obrero labora a la vez con varios patronos y obtiene de éstos las sumas convenientes para la satisfacción de sus necesidades. De aceptar lo contrario, se llegaría al absurdo de que cualquier trabajador que prestase sus servicios por horas a varias personas, tendría derecho a obtener de cada una de ellas el salario mínimo por los servicios que les prestase en tan corto tiempo, lo que es notoriamente contrario al propósito que persigue el legislador y a que acaba de hacerse referencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/916882-65cfbfbb/salario-minimo-en-caso-de-prestar-servicios-a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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