OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. PARA QUE SE REVIERTA LA CARGA DE LA PRUEBA, NO SE REQUIERE NECESARIAMENTE QUE EL EMPLEADO LO RECHACE.-
Ante la negativa del despido alegado por el trabajador, el patrón está en condiciones de ofrecerle regresar al trabajo. Para tal efecto la Junta debe efectuar la interpelación procedente a fin de que se acepte o no la propuesta. Con independencia de la decisión que haya tomado el empleado, la reversión de la carga probatoria sí puede tener lugar en el supuesto de que el patrono haya ofrecido el trabajo en los mismos términos y condiciones legales (o mejores) en que se venía desempeñando. Consecuentemente dicha reversión opera aun cuando el trabajador acepte el trabajo y no únicamente cuando lo rechaza, en atención a que para la calificación de la buena o mala fe no debe atenderse a fórmulas rígidas o abstractas, sino atendiendo a los antecedentes del caso, a la conducta de las partes y a todas las circunstancias que permitan concluir de manera prudente y racional, si la oferta revela, efectivamente, la intención del patrón de continuar la relación laboral.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/917259-26308795/ofrecimiento-del-trabajo-para-que-se-revierta-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. PARA QUE SE REVIERTA LA CARGA DE LA PRUEBA, NO SE REQUIERE NECESARIAMENTE QUE EL EMPLEADO LO RECHACE. (III.2o.T.3 L )
- DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. REVERSION DE LA CARGA DE LA PRUEBA. PARA QUE OPERE, NO ES NECESARIO REQUERIR AL TRABAJADOR PARA QUE MANIFIESTE SI LO ACEPTA. (s/clave)
- DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO, DA LUGAR A LA REVERSION DE LA CARGA DE LA PRUEBA. (s/clave)
- TRABAJO, OFRECIMIENTO DEL. REVERSION DE LA CARGA DE LA PRUEBA IMPROCEDENTE. CUANDO EL PATRON NO TIENE INTENCION DE CONTINUAR LA RELACION LABORAL. (s/clave)
- OFRECIMIENTO DE TRABAJO, CUANDO NO REVIERTE LA CARGA DE LA PRUEBA. (s/clave)
- OFRECIMIENTO DE TRABAJO CUANDO SE RECLAMA DESPIDO INJUSTIFICADO. NO SE REVIERTE LA CARGA DE LA PRUEBA CUANDO LA JUNTA OMITE REQUERIR AL TRABAJADOR Y EL PATRON LO CONSIENTE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis