AUTO DE FORMAL PRISIÓN. ES VIOLATORIO DE GARANTÍAS SI SE DICTA EN CONTRA DE UNA PERSONA QUE NO GUARDA IDENTIDAD CON QUIEN LOS DENUNCIANTES Y TESTIGOS DE CARGO SEÑALARON COMO AUTOR DEL DELITO.-
Uno de los aspectos principales que deben dilucidarse en el proceso, lo constituye precisamente la identidad del inculpado con la persona que los denunciantes y testigos de cargo señalan como autora del delito, de forma tal que cuando existe la certeza de que la orden de aprehensión se ejecutó contra quien no fue involucrada en la averiguación previa, no puede fincársele responsabilidad en la comisión del ilícito imputado, por lo que el auto de formal prisión dictado en su contra es violatorio de garantías.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/921562-a1f89825/auto-de-formal-prision-es-violatorio-de-garantias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AUTO DE FORMAL PRISIÓN. ES VIOLATORIO DE GARANTÍAS SI SE DICTA EN CONTRA DE UNA PERSONA QUE NO GUARDA IDENTIDAD CON QUIEN LOS DENUNCIANTES Y TESTIGOS DE CARGO SEÑALARON COMO AUTOR (XIII.2o.8 P )
- SENTENCIA. NO ES VIOLATORIA DE GARANTÍAS SI LOS HECHOS EN QUE SE SUSTENTA FUERON CONOCIDOS EN LA INSTRUCCIÓN, DADO QUE NO VARÍAN DE AQUELLOS QUE SE ESTIMARON COMO CONSTITUTIVOS DEL (VIII.3o.5 P)
- AUTO DE FORMAL PRISIÓN, CUÁNDO NO VIOLA LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.- (3787)
- AUTO DE FORMAL PRISION. ES ILEGAL CUANDO LA PROBABLE RESPONSABILIDAD DEL INDICIADO SE FUNDAMENTA EN EL SEÑALAMIENTO DEL OFENDIDO QUE MANIFESTO CONOCER DEL DELITO POR TERCEROS. (VI.2o.92 P)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION, CUANDO NO VIOLA LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis