DETENCIÓN [TESIS HISTÓRICA].
Ninguna podrá exceder del término de tres días, sin que se justifique con un auto de formal prisión que se ajuste a los términos de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006553-af8f595e/detencion-tesis-historica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión.—Vázquez Chuljol Miguel.—20 de febrero de 1918.—Unanimidad de diez votos.—Ausente: Enrique Moreno.—-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo en revisión.—Godínez Zacarías.—14 de junio de 1918.—Once votos.
Amparo en revisión.—Castillo Julián.—12 de agosto de 1918.—Once votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo en revisión.—Cisneros Crispín.—17 de septiembre de 1919.—Once votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo en revisión.—Netzahualcóyolt Pilar.—5 de diciembre de 1919.—Unanimidad de nueve votos.
Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tesis Históricas, página 684, Pleno, tesis 73 (H).
Nota: Histórica conforme a la nota genérica 2.
Jurisprudencia relacionada
- DETENCIÓN-[TESIS HISTÓRICA].- (73 (H))
- DETENCION. (s/clave)
- DETENCION. (857)
- DETENCION. (s/clave)
- DETENCION. (s/clave)
- DETENCION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis