PERMISO. EL TRABAJADOR PRECISA ESPERAR A QUE SE LE CONCEDA PARA EMPEZAR A DISFRUTAR DEL MISMO.
Aun cuando en el contrato colectivo de trabajo se encuentre establecida la obligación de conceder a un trabajador un permiso para faltar por determinado periodo a sus labores, y asimismo haya quedado acreditado que presentó la solicitud correspondiente, el referido trabajador no debió haber considerado existente tal permiso y consecuentemente la autorización para faltar al trabajo, hasta no haber recibido la confirmación de que le había sido concedido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/243017-8f00d141/permiso-el-trabajador-precisa-esperar-a-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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