Corpus
Modo: Corpus Pro

PERMISO. EL TRABAJADOR PRECISA ESPERAR A QUE SE LE CONCEDA PARA EMPEZAR A DISFRUTAR DEL MISMO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 243017 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 155

Aun cuando en el contrato colectivo de trabajo se encuentre establecida la obligación de conceder a un trabajador un permiso para faltar por determinado periodo a sus labores, y asimismo haya quedado acreditado que presentó la solicitud correspondiente, el referido trabajador no debió haber considerado existente tal permiso y consecuentemente la autorización para faltar al trabajo, hasta no haber recibido la confirmación de que le había sido concedido.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/243017-8f00d141/permiso-el-trabajador-precisa-esperar-a-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 36, página 27. Amparo directo 3713/54. Petróleos Mexicanos. 10 de diciembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agapito Pozo. Volumen 36, página 27. Amparo directo 1112/63. Teresa Mengniot Saldaña. 26 de febrero de 1964. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen CXXIII, página 25. Amparo directo 6907/64. Felipe Patiño Domínguez. 7 de septiembre de 1967. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 33, página 29. Amparo directo 5895/70. Raymundo Maciel Córdova. 24 de septiembre de 1971. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Volumen 34, página 13. Amparo directo 634/71. Ferrocarriles Nacionales de México. 21 de octubre de 1971. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.

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