COSTAS, QUE DEBE ENTENDERSE POR CONDENADO A SU PAGO.
Por condenado, para los efectos de las costas, no debe entenderse solamente a aquel a quien la sentencia imponga una obligación de dar o de hacer, sino a quien no obtenga en sus pretensiones, de acuerdo con la teoría imperante en esta materia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392805-25c85c0b/costas-que-debe-entenderse-por-condenado-a-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Tomo XIII, pág. 156. Recurso de súplica. Colmenares Gonzalo. 13 de agosto de 1923. Mayoría de siete votos.
Recurso de súplica 110/31. Banco de México, S. A. 20 de julio de 1933. Cinco votos.
Recurso de súplica 165/32. Capetillo de Winsness Elena. 20 de julio de 1933. Cinco votos.
Amparo civil directo 41/35. Carrete Eduardo. 22 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo civil directo 6376/34. Fernández José A. 3 de abril de 1936. Cinco votos.
NOTA:
Existe la tesis 544, que es más original y explícita, publicada en la página 936, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, con el rubro: "COSTAS, CONDENA EN".
Jurisprudencia relacionada
- COSTAS, CONDENACION EN. (s/clave)
- COSTAS. (s/clave)
- CONDENACION EN COSTAS. (s/clave)
- COSTAS, QUE DEBE ENTENDERSE POR CONDENADO EN. (s/clave)
- COSTAS, EN CASO DE TERCERIAS. (s/clave)
- COSTAS, CONDENACION EN. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis