CONDENACION EN COSTAS.
Por vencido en el juicio debe entenderse, para el efecto de la condena en costas, aquél que no obtiene en sus pretensiones, y no precisamente aquél a quien la sentencia impone una obligación de dar o hacer.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817459-81486483/condenacion-en-costas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1120/33. Murad Antonio. 23 de febrero de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
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