Corpus
Modo: Corpus Pro

TERCERO PARA LOS EFECTOS DEL REGISTRO.-

Clave: 405 · Registro digital (IUS): 913347 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 5a. Época; 3a. Sala; Ap. 2000; Tomo IV, Civil, Jurisprudencia SCJN; Pág. 341

Es tercero para los efectos del registro, el adquirente que se apoya en la inscripción del mismo, para fundar su adquisición, o sea, el que adquiere basándose en una inscripción anterior y también el que deriva su relación con alguna de las partes, del derecho inmobiliario o real, no del creditual. La inscripción no tiene, en general, importancia alguna con relación a las partes otorgantes, que se obligaron recíprocamente en los términos de su contrato, independientemente de que se registrara éste, y es frente a los terceros, cuando la inscripción tiene funciones de solemnidad absoluta.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/913347-ec3623d6/tercero-para-los-efectos-del-registro-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Época: Amparo civil en revisión 2850/28.-Mendiolea de Pastoriza Guadalupe y coag.-14 de julio de 1930.-Mayoría de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Recurso de súplica 89/32.-Compañía Mexicana Molinera de Nixtamal, S.A.-6 de junio de 1933.-Unanimidad de cinco votos en cuanto a sus puntos resolutivos y por mayoría de los votos en lo relativo a las consideraciones del fallo.-Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Ricardo Couto.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo administrativo en revisión 6741/34.-Sociedad Americana de Beneficencia de México.-29 de abril de 1935.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: José María Truchuelo.-Relator: Genaro V. Vázquez. Amparo civil en revisión 14865/32.-Peñaflor Mariano.-16 de mayo de 1935.-Mayoría de cuatro votos.-Disidente: Luis Bazdresch.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Recurso de súplica 283/33.-Vía viuda de Casas Concepción.-26 de julio de 1935.-Mayoría de tres votos.-El Ministro Sabino M. Olea se excusó en este asunto.-Disidente: Luis Bazdresch.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Apéndice 1917-1995, Quinta Época, Tomo IV, Primera Parte, página 259, Tercera Sala, tesis 388.

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