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ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial por el que se regulan la emisión, administraci · Capitulo CUARTO — ATRIBUCIONES DE LA UNCOCEFI

Artículo 8

Ordenamiento: ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial por el que se regulan la emisión, administración, renovación, revocación, re · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Artículo 8. La UNCOCEFI será la encargada de la emisión, administración, resguardo y vigilancia del Certificado Raíz, así como del Certificado Intermedio, generado por la Autoridad Certificadora Intermedia del Poder Judicial de la Federación, necesario para la emisión y asignación de los certificados digitales de firma electrónica requeridos para el acceso al Sistema Electrónico del OAJ.

El resguardo del equipo informático en el que se aloje el Certificado Raíz referido en el párrafo anterior corresponderá al OAJ.

La UNCOCEFI aprobará y publicará en los medios electrónicos del OAJ las políticas y características para la solicitud y el uso de la FIREL. Asimismo, podrá adoptar las medidas necesarias y proporcionales para el eficaz cumplimiento del presente Acuerdo General, así como decidir sobre situaciones de urgencia que puedan presentarse.

Fuente oficial: consultar publicación

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