Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1755
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1755.- El promitente podrá salvo pacto en contrario, oponer al tercero las
excepciones derivadas del contrato.
CAPITULO III.
DEL ENRIQUECIMIENTO ILEGITIMO.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONTRATOS, RESCISION IMPROCEDENTE DE LOS. (s/clave)
- CONTRATOS, RESCISION IMPROCEDENTE DE LOS. (s/clave)
- CONTRATOS. (s/clave)
- EXCEPCION. (s/clave)
- CONTRATOS. (s/clave)
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