Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo 271

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 271.- La nulidad que se funde en la falta de formalidades esenciales para

la validez del matrimonio, puede alegarse por los cónyuges y por cualqu iera que

tenga interés en probar que no hay matrimonio. También podrá declararse esa

nulidad a instancia del Ministerio Público.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 270Índice de la leyArt. 272 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis