Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 833
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 833.- El poseedor de buena fe que haya adquirido la posesión por título
traslativo de dominio, tiene los derechos siguientes:
I.- El de hacer suyos los frutos percibidos, mientras su buena fe no es interrumpida;
CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Última actualización: 15/12/2025.
II.- El de que se le abonen todos los gastos necesarios, lo mismo qu e los útiles,
teniendo derecho de retener la cosa poseída hasta que se haga el pago;
III.- El de retirar las mejoras voluntarias, si no se causa daño en la cosa mejorada,
o reparando el que se cause al retirarlas;
IV.- El de que se le abonen los gastos hechos por él para la producción de los frutos
naturales e industriales que no hace suyos por estar pendientes al tiempo de
interrumpirse la posesión; teniendo derecho al interés legal sobre el importe de esos
gastos desde el día que los haya hecho.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- POSESION DE BUENA FE (LEGISLACION DE GUANAJUATO). (s/clave)
- POSESION, BUENA FE EN LA. (s/clave)
- POSEEDOR DE BUENA FE. (s/clave)
- POSEEDOR DE BUENA FE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO). (s/clave)
- POSESION DE BUENA FE, INTERRUPCION DE LA (LEGISLACION DE CHIHUAHUA). (s/clave)
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