Código Penal del Estado de Chihuahua
Artículo 119
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 119. Autoridad competente para resolver la extinción
La extinción de la pretensión punitiva será resuelta por el titular del Ministerio Público durante la averiguación
previa o por el órgano jurisdiccional en cualquier etapa del proceso.
La declaración de extinción de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad corresponde al órgano
jurisdiccional.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MINISTERIO PUBLICO, SU INTERVENCION EN LOS PROCESOS. (s/clave)
- EXTRADICION. (s/clave)
- EXTRADICION, REQUISITORIA DE. (s/clave)
- EXHORTOS. REAPREHENSION. (s/clave)
- EXTRADICION. (s/clave)
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