Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Morelos

Artículo 206

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-02

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 206. - La misma sanción a que alude el artículo que precede, se

impondrá a quien:

I. Desconozca o haga incierta la relación de filiación, para liberarse de las

obligaciones derivadas de la patria potestad;

II. Sustituya a un menor por otro o lo oculte para ocasionarle perjuicio en sus

derechos de familia.

CAPÍTULO V

BIGAMIA

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 205Índice de la leyArt. 207 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-09-02)

ARTÍCULO 206. - La misma sanción a que alude el artículo que precede, se

impondrá a quien:

Periódico Oficial 3820 Segunda Sección “Tierra y Libertad”

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

I. Desconozca o haga incierta la relación de filiación, para liberarse de las

obligaciones derivadas de la patria potestad;

II. Sustituya a un menor por otro o lo oculte para ocasionarle perjuicio en sus

derechos de familia.

CAPÍTULO V

BIGAMIA

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.