Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Sinaloa

Artículo 215

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-09-04

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 215. Las penas que correspondan de conformidad con el artículo anterior,

se aumentarán hasta una tercera parte, cuando el agente por cualquier motivo

teniendo a su cargo la administración o el cuidado de bienes ajenos, con ánimo de

88

lucro, perjudica al titular de éstos, alterando las cuentas o condiciones de los contratos,

haciendo aparecer operaciones o gastos inexistentes o exagerando los reales, u

ocultando o reteniendo valores o empleándolos indebidamente.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 214Índice de la leyArt. 216 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-09-04)

Las penas que correspondan de conformidad con el artículo anterior,

se aumentarán hasta una tercera parte, cuando el agente por cualquier motivo teniendo

a su cargo la a dministración o el cuidado de bienes ajenos, con ánimo de lucro,

perjudica al titular de éstos, alterando las cuentas o condiciones de los contratos,

haciendo aparecer operaciones o gastos inexistentes o exagerando los reales, u

ocultando o reteniendo valores o empleándolos indebidamente.

ARTÍCULO 216.

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.