Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios · Titulo SEGUNDO — PRINCIPIOS, DEBERES Y DISPOSICIONES APLICABLES AL TRATAMIENTO DE DATOS · Capitulo II — Del Aviso de Privacidad
Artículo 23
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 23. Los responsables pondrán a disposición de la persona titular en formatos impresos,
digitales, visuales, sonoros o de cualquier otra tecnología, el aviso de privacidad, en las modalidades
simplificado e integral.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LIBERTAD PERSONAL. (s/clave)
- LIBERTAD PERSONAL. (s/clave)
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- PROPIEDAD PRIVADA. (s/clave)
- PROPIEDADES, POSESIONES Y DERECHOS. (s/clave)
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