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Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo para el Estado de Aguascalientes

Artículo 33

Ordenamiento: Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo para el Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-07-13

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 33.- El tercero o el coadyuvante, dentro de los quince días siguientes a

aquel en el que se le corra traslado de la demanda, podrá apersonarse al juicio

mediante escrito que contendrá los requisitos de la contestación o de la demanda,

según sea el caso, así como la justificación de su derecho para interven ir en el

asunto.

Fuente oficial: consultar publicación

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