Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial · Titulo SEGUNDO — De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados · Capitulo II — De las Patentes
Artículo 56
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 56.- La persona titular de la patente después de otorgada ésta, podrá reclamar el pago de daños y perjuicios a terceras personas que antes del otorgamiento hubieren explotado sin su consentimiento la invención patentada, cuando dicha explotación se haya realizado después de la fecha en que surta efectos la publicación de la solicitud en términos del artículo 107 de esta Ley.
Artículo reformado DOF 03-04-2026
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO SOLICITADO POR LA OFENDIDA. (s/clave)
- OFENDIDO, REVISION INTERPUESTA POR EL. (s/clave)
- REPARACIÓN DEL DAÑO, AMPARO PROMOVIDO POR EL OFENDIDO CONTRA LA.- (2527)
- REPARACION DEL DAÑO, AMPARO PROMOVIDO POR EL OFENDIDO CONTRA LA. (s/clave)
- OFENDIDO, AMPARO PEDIDO POR EL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis