Corpus
Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo DECIMO — TERCERO

Artículo 586

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 586.- Los estados que debe rendir mensualmente al Detall, para ser remitidos por el Comandante a la Secretaría de Guerra y Marina, serán:

Estado general de armamento marinero.

Estado general de armamento militar.

Relaciones de consumos, adquisiciones y exclusiones.

TITULO DECIMO CUARTO

Del Jefe del Detall

Fuente oficial: consultar publicación

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