Ordenanza General de la Armada · Titulo DECIMO — TERCERO
Artículo 586
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 586.- Los estados que debe rendir mensualmente al Detall, para ser remitidos por el Comandante a la Secretaría de Guerra y Marina, serán:
Estado general de armamento marinero.
Estado general de armamento militar.
Relaciones de consumos, adquisiciones y exclusiones.
TITULO DECIMO CUARTO
Del Jefe del Detall
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ARMAS, DECOMISO DE. (s/clave)
- FUERO MILITAR EN CASO DE DELITOS DE INDIVIDUOS DE LA INTENDENCIA Y ADMINISTRACION MILITAR. (s/clave)
- FUEROS FEDERAL Y MILITAR. DELITOS CONEXOS. (s/clave)
- ARMAS DESTINADAS AL SERVICIO DEL EJÉRCITO, DELITO DE COMPRA DE.- (303)
- ALMACENAMIENTO DE ARMAS, CONFIGURACIÓN DEL DELITO DE.- (3603)
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