Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos · Titulo Tercero — De la Navegación · Capitulo IX — del Convenio SOLAS y el Código IGS (ISM), con las exenciones que la Dirección General considere pertinentes. · Seccion XVI — Prevención de la Contaminación Marina
Artículo 399
Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 399.- Las Embarcaciones y Artefactos Navales petroleros menores de ciento cincuenta UAB y los no petroleros menores de cuatrocientas UAB, cumplirán con las disposiciones establecidas en el Manual de Inspección.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MANIFESTACIONES. (s/clave)
- MANIFESTACIONES. (s/clave)
- MANIFESTACIONES. (s/clave)
- OBJETOS RESCATADOS AL MAR (AVERIA GRUESA Y SALVAMENTO DE MERCADERIAS). (s/clave)
- PETROLEO, BIENES COMPRENDIDOS EN LA EXPROPIACION DE. (s/clave)
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