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Modo: Corpus Pro

Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos

Artículo 330

Ordenamiento: Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 330. La declaratoria de caducidad de autorizaciones o permisos, debe realizarse por la Secretaría o la Comisión, en el ámbito de sus respectivas competencias, previa garantía de audiencia que se otorgue a las personas reguladas.

Capítulo III

De los Supuestos para el no Otorgamiento, Modificación o Cesión de Permisos

Fuente oficial: consultar publicación

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