Corpus
Modo: Corpus Pro

CONFESIÓN JUDICIAL EN MATERIA MERCANTIL.

Clave: I.6o.C.237 C · Registro digital (IUS): 187584 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Marzo de 2002; Pág. 1312

De una sana interpretación a contrario sensu del artículo 1235 del Código de Comercio, se sigue que si existe confesión judicial ante la autoridad jurisdiccional, tanto al contestar la demanda como al absolver posiciones, también se produce ésta en el caso del contenido del pliego de posiciones que exhiba el oferente ante dicha autoridad, cuando reconoce en él hechos propios y determinados.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/187584-1c1b3b91/confesion-judicial-en-materia-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 326/2001. José Luis Bastida Maldonado. 9 de febrero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo R. Parrao Rodríguez. Secretario: José Guadalupe Sánchez González. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, abril de 1997, página 270, tesis I.8o.C.122 C, de rubro: "PRUEBA CONFESIONAL. SU EFICACIA PROBATORIA.".

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