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OFRECIMIENTO DE TRABAJO DE MALA FE. LO ES CUANDO EL PATRÓN LO OFRECE CON HORARIO DE OCHO HORAS Y LA JORNADA ES MIXTA.

Clave: X.1o.32 L · Registro digital (IUS): 198996 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Abril de 1997; Pág. 263

Los artículos 60 y 61 de la Ley Federal del Trabajo, en su orden, disponen: "Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas. Jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas. Jornada mixta es la que comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna." y "La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta."; de lo que se desprende que si en el caso concreto el actor laboraba una jornada mixta, ya que su horario de labores era de las cinco a las trece horas, periodo que abarcaba tiempo de la jornada diurna y de la nocturna, siendo ésta menor de tres horas y media, es incuestionable que la duración máxima de dicha jornada debe ser de siete horas y media, y no de ocho, por lo que si el ofrecimiento del trabajo se hizo al actor con el horario que tenía de las cinco a las trece horas de lunes a viernes, debe considerarse que dicho ofrecimiento es de mala fe, dado que no se formuló en los términos legales.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/198996-cfd4bc30/ofrecimiento-de-trabajo-de-mala-fe-lo-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1189/96. Lino Mario Hernández Gómez. 16 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra. Secretaria: Nora María Ramírez Pérez. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I-Abril, tesis XX.3 L, página 173, de rubro: "OFRECIMIENTO DE TRABAJO DE MALA FE. LO ES SI EL PATRÓN LO HACE CON UN HORARIO DE 14:00 A 22:00 HORAS EN LOS DÍAS SEÑALADOS POR EL TRABAJADOR."

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