ABONOS A CUENTA. PROCEDE APLICARLOS A CAPITAL Y NO A INTERESES MORATORIOS, CUANDO SE REALIZAN ANTES DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL TÍTULO DE CRÉDITO.
De la interpretación armónica de los artículos 362 y 364 del Código de Comercio se colige que cuando se realizan pagos o abonos antes de la fecha de vencimiento del título de crédito, y en la demanda únicamente se reclaman intereses moratorios, éstos deben aplicarse al pago del capital, dado que en el momento en que se hicieron los abonos, todavía no se generaban los intereses moratorios, los cuales se producen una vez vencido aquél.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2015253-714044ae/abonos-a-cuenta-procede-aplicarlos-a-capital-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ABONOS A CUENTA. PROCEDE IMPUTARLOS A INTERESES CUANDO NO EXISTA SEÑALAMIENTO EXPRESO DE QUE DEBAN APLICARSE A CAPITAL. (XI.2o.193 C)
- ABONOS A CUENTA, NO PROCEDE IMPUTARLOS A INTERESES SI EL DEUDOR SEÑALO EXPRESAMENTE QUE DEBEN APLICARSE A CAPITAL. (s/clave)
- INTERESES MORATORIOS. PROCEDE SU PAGO AL TIPO LEGAL SI NO SE ESPECIFICA CON QUÉ TASA SE CUANTIFICARON. (I.8o.C.188 C )
- ABONOS A CUENTA. NO PROCEDE IMPUTARLOS A INTERESES SI EL DEUDOR SEÑALO EXPRESAMENTE QUE DEBEN APLICARSE A CAPITAL. (s/clave)
- INTERESES MORATORIOS, PAGO DE LOS. PROCEDE SU CONDENA EN JUICIO, AUNQUE NO SE HAYAN PACTADO EN EL DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCION. (III.2o.C.403 C)
- CREDITO REFACCIONARIO. PAGO DE INTERESES MORATORIOS SOBRE INTERESES CAPITALIZADOS. (XXI.2o. 26 C)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis