Corpus
Modo: Corpus Pro

DOCUMENTAL PUBLICA; DEBE OFRECERSE CON LAS FORMALIDADES EXIGIDAS POR LA LEY, AUN CUANDO EXISTA EN EL MISMO JUZGADO.

Clave: II.1o.C.T.9 C · Registro digital (IUS): 204006 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Octubre de 1995; Pág. 535

Si tanto el juicio del cual emana el acto reclamado, como el proceso ofrecido como documental pública, son tramitados en el mismo juzgado, ello no releva de cumplir con las formalidades exigidas en la ley, de ofrecerla como medio de convicción; según lo dispuesto en los artículos 269, 275 y 606 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204006-0cfcf78d/documental-publica-debe-ofrecerse-con-las-formalidades-exigidas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 570/95. María Eugenia Larios López. 6 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: José Fernando García Quiroz.

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