Corpus
Modo: Corpus Pro

DESPIDO. NO LO CONSTITUYE LA PRESENTACION DE DENUNCIA O QUERELLA PENAL, EN CONTRA DEL TRABAJADOR.

Clave: I.6o.T.14 L · Registro digital (IUS): 204482 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 506

La presentación de una denuncia o querella penal en contra del trabajador, por hechos supuestamente delictuosos no puede estimarse que constituya un despido, pues en nada se modifican las condiciones esenciales de la contratación, implicando ello solamente el ejercicio de un derecho del patrón, cuando estima que su empleado incurrió en algún hecho que pueda resultar ilícito.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204482-e42659d6/despido-no-lo-constituye-la-presentacion-de-denuncia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6356/95. Rosalío González González. 7 de julio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: Félix Arnulfo Flores Rocha.

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