Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

INTERES JURIDICO. NO PUEDE DEMOSTRARSE CON LA PRUEBA PRESUNCIONAL.

Clave: IV.2o.1 K · Registro digital (IUS): 205231 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Mayo de 1995; Pág. 378

Si bien es cierto que en el juicio de amparo, pueden ofrecerse toda clase de pruebas, quien lo promueve debe acreditar fehacientemente su interés jurídico, en atención a que el artículo 4o. de la Ley de Amparo, contempla el principio de instancia de parte y el artículo 76 de la misma ley, contiene el principio de particularidad que rige respecto de la sentencia que se dicte en el juicio, de ahí la necesidad de acreditar plenamente el interés jurídico, para que la autoridad esté en posibilidad de conceder la protección de la Justicia Federal, en forma particularizada, situación que no se podría satisfacer si el interés del promovente del amparo tan sólo fuese presuntivo.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/205231-cba93846/interes-juridico-no-puede-demostrarse-con-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1409/94. María Guadalupe Castellanos Torres. 9 de febrero de 1995. Ponente: Arturo Barocio Villalobos. Secretaria: María Mercedes Magaña Valencia.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis