REVISION, FIRMA AUTOGRAFA FALTANTE EN EL ESCRITO DE INTERPOSICION DEL RECURSO DE. DESECHAMIENTO.
El recurso de revisión debe desecharse cuando el escrito de interposición carece de firma autógrafa, puesto que no otorga autenticidad al documento. Cualquier forma de reproducción no puede sustituir la firma original que como requisito esencial se exige a las personas en todos los actos jurídicos que requieren la forma escrita. Las firmas facsimilares, por tanto, no son aptas para probar la voluntad del recurrente, ni la autenticidad del documento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/205980-26acfb05/revision-firma-autografa-faltante-en-el-escrito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de reclamación 2619/88. Productos Recreativos, S. A. 9 de mayo de 1989. Unanimidad de diecinueve votos de los señores Ministros: de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Alba Leyva, Azuela Güitrón, López Contreras, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Carpizo Mac Gregor, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez. ausentes: Rocha Díaz y Castañón León. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos. Secretaria: María Eugenia Martínez Cardiel.
Tesis LXXIII/89 aprobada por el Tribunal en Pleno en Sesión Privada celebrada el jueves veintitres de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve. Unanimidad de dieciocho votos de los señores Ministros: de Silva Nava, Magaña Cárdenas, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Rocha Díaz, López Contreras, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Carpizo Mac Gregor, González Martínez, Moreno Flores, García Vázquez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río Rodríguez. Ausentes: Castañón León, Villagordoa Lozano y Chapital Gutiérrez. México, Distrito Federal a treinta de noviembre de 1989.
Nota: En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro: "REVISION, RECURSO DE. DEBE DESECHARSE CUANDO LA FIRMA DEL ESCRITO CORRESPONDIENTE NO ES AUTOGRAFA.".
Jurisprudencia relacionada
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