SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA AGRARIA, TRATANDOSE DE LA PERSONALIDAD DE QUIENES PROMUEVEN A NOMBRE DE UN COMITE PARTICULAR EJECUTIVO.
Si el juez de Distrito previno a los recurrentes, como lo establece el artículo 215 de la Ley de Amparo, para que exhibieran el acta de la asamblea en que fueron electos como presidente, secretario y vocal del Comité Particular Ejecutivo, o la copia de sus nombramientos, y además solicitó del Gobernador del Estado las constancias respectivas, con ello se suplió la deficiencia de la queja para establecer si los promoventes acreditaban su personalidad, y por ello no se violaron las reglas fundamentales que norman el procedimiento del juicio constitucional, por lo que es improcedente su reposición.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/208868-81dc1025/suplencia-de-la-queja-en-materia-agraria-tratandose · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA AGRARIA, TRATÁNDOSE DE LA PERSONALIDAD DE QUIENES PROMUEVEN A NOMBRE DE UN COMITÉ PARTICULAR EJECUTIVO.- (830)
- PERSONALIDAD EN EL AMPARO EN MATERIA AGRARIA, TERMINO PARA ACREDITAR LA. (s/clave)
- PERSONALIDAD EN EL AMPARO EN MATERIA AGRARIA, TÉRMINO PARA ACREDITAR LA.- (771)
- COMITE PARTICULAR EJECUTIVO. CORRESPONDE A LA COMISION AGRARIA MIXTA, Y NO AL JUEZ DE DISTRITO, DETERMINAR SOBRE LA VALIDEZ DE LA ASAMBLEA QUE LO NOMBRA. (s/clave)
- COMITE PARTICULAR EJECUTIVO AGRARIO. REPRESENTACION DEL. (s/clave)
- AGRARIO. EMPLAZAMIENTO A NUEVO CENTRO DE POBLACION EJIDAL. DEBE ENTENDERSE CON LOS TRES MIEMBROS DEL COMITE PARTICULAR EJECUTIVO, CERCIORANDOSE DE QUE TIENEN LOS CARGOS RESPECTIVOS (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis