PENA, CONMUTACION DE LA. ES FACULTAD DISCRECIONAL DEL JUZGADOR. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
De acuerdo con lo establecido por el artículo 100, del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, la conmutación de la pena es potestativa del juzgador y queda a su prudente arbitrio por lo que ningún agravio le causa al quejoso en el amparo el hecho de que la responsable no le hubiera conmutado la pena por multa; máxime si en la especie la citada autoridad para negarlo, atendió a las circunstancias particulares del caso, a las personales del delincuente y a las circunstancias de ejecución de los delitos, por lo que la negativa de la responsable a conmutar la pena, de ninguna forma resulta ser contraria a los principios que rigen la concesión de este beneficio.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/211683-7fb7c9b8/pena-conmutacion-de-la-es-facultad-discrecional-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PENA, CONMUTACIÓN DE LA. ES FACULTAD DISCRECIONAL DEL JUZGADOR (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). (VI.2o. J/136)
- PENA, CONMUTACION DE LA, ES FACULTAD DISCRECIONAL DEL JUZGADOR. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (624)
- PENA, CONMUTACION DE LA, ES FACULTAD DISCRECIONAL DEL JUZGADOR. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (VI. 3o. J/13)
- PENA, CONMUTACIÓN DE LA. ES FACULTAD DISCRECIONAL DEL JUZGADOR (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). (804)
- PENA, CONMUTACION DE LA. ES POTESTATIVA DEL JUZGADOR. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (625)
- PENA, CONMUTACIÓN DE LA. ES POTESTATIVA DEL JUZGADOR. (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). (805)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis