FIANZA, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES QUE DERIVAN DE LA.
Conforme lo estatuye el artículo 120 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, "las acciones que se deriven de la fianza prescribirán en tres años. El requerimiento escrito de pago o en su caso la presentación de la demanda interrumpen la prescripción". De esta suerte, el hecho de que la obligación garantizada pueda comprenderse en la hipótesis que contempla el artículo 2149 en relación con el 2142 del Código Civil para el Distrito Federal, no significa que la prescripción se rija por el primero de esos numerales, habida cuenta que no cabe la supletoriedad de la ley civil en tal sentido en base a lo dispuesto por el artículo 113 de la invocada Ley Federal de Fianzas en íntima relación con su dispositivo transcrito al principio.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/213141-cd2beb00/fianza-prescripcion-de-las-acciones-que-derivan-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- FIANZAS, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE. (s/clave)
- FIANZAS, TERMINO PARA LA PRESCRIPCION DE. (s/clave)
- FIANZAS, PRESCRIPCION DE LAS. CONSUMADO EL TERMINO, NO SE INTERRUMPE POR EL REQUERIMIENTO. (s/clave)
- FIANZA. SU EXIGIBILIDAD ESTA SUJETA A LAS CONDICIONES PACTADAS EN LA POLIZA DE. (s/clave)
- FIANZAS, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE LAS. TERMINO. (s/clave)
- FIANZAS, MOMENTO EN QUE COMIENZA A CORRER EL TERMINO PARA LA PRESCRIPCION TRATANDOSE DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis