REMATE O ADJUDICACION. PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL AUTO QUE LOS APRUEBA EN DEFINITIVA.
Debe estimarse con base en la interpretación fundada en la secuencia lógica de los artículos 588 y 589 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, que en realidad el legislador hace alusión en el primer precepto a una aprobación provisional del remate o adjudicación y, en el segundo, alude a una aprobación definitiva del citado remate o adjudicación; porque aun cuando el acto jurisdiccional que materialmente concluye la almoneda adjudica al mejor postor o al ejecutante la propiedad del bien rematado, tal adjudicación sólo es provisional, dado que no es susceptible de surtir efectos jurídicos mientras se encuentra supeditada al cumplimiento de la condición a que quedó sujeta, esto es, a la consignación del precio por el comprador o adjudicatario, en el plazo que el juez señale, y no será sino hasta el momento en que el juzgador considere que se cumplió con tal condición, que la aprobación pueda estimarse con el carácter de definitiva. Por ende, procede estimar que la aprobación de un remate o de una adjudicación, sólo queda firme (definitiva) por virtud del auto que declara consignado el precio en el plazo señalado al efecto, puesto que antes de ese momento procesal, está sometida la aprobación (provisional), por el código adjetivo, a una resolución judicial que los aprobará o desaprobará en definitiva y únicamente esta última resolución es la que puede producir perjuicios irreparables que justifiquen la interposición del juicio de garantías.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/213587-829ae821/remate-o-adjudicacion-procedencia-del-amparo-contra-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- REMATE O ADJUDICACIÓN. CONTRA EL AUTO QUE DECLARA CONSIGNADO EL PRECIO SEÑALADO POR EL JUEZ AL EFECTO (APROBACIÓN DEFINITIVA) PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE (XIX.2o.A.C.49 C )
- REMATE PRACTICADO EN LA VÍA DE APREMIO. LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA LA DETERMINACIÓN QUE LO DECLARA FINCADO EN FAVOR DEL POSTOR QUE HUBIERE HECHO LA ÚLTIMA POSTURA O PUJA Y QUE, EN (I.9o.C.185 C)
- REMATE. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE ORDENA EL OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA DE ADJUDICACIÓN. (I.8o.C.14 C (10a.))
- REMATE, DEUDOR, PUEDE LIBRAR SUS BIENES SI PAGA PRINCIPAL E INTERESES Y GARANTIZA LAS COSTAS ANTES DE QUE SE APRUEBE EL. (s/clave)
- REMATE. EFECTOS DEL AUTO QUE LO DECLARA APROBADO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE HIDALGO). (s/clave)
- ADJUDICACION EN FAVOR DEL ACREEDOR, NATURALEZA DEL AUTO QUE LA DECRETA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis