CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES LOCAL, CUANDO EXISTE ALGUNA OMISION, O FALTA ALGUNA DISPOSICION SOBRE DETERMINADO PUNTO EN EL CODIGO DE COMERCIO ES SUPLETORIO EL.
Si bien es cierto que el numeral 1051, del Código de Comercio establece que el procedimiento mercantil preferente a todos es el convencional y que a falta de convenio expreso de las partes se observarán las disposiciones del Libro Quinto de la Ley Mercantil y que en defecto de éstas o de convenio, se aplicará la ley de procedimientos local respectiva, como supletoria de aquél; también lo es, que dicha supletoriedad sólo opera cuando exista alguna omisión o falte alguna disposición sobre determinado punto del Código Mercantil, en cuyo caso deberá ser integrada con las disposiciones comunes.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/215327-253c7aae/codigo-de-procedimientos-civiles-local-cuando-existe-alguna · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ACTOS DE COMERCIO, SUPLETORIEDAD DEL DERECHO COMUN A LOS. (s/clave)
- SUPLETORIEDAD EN MATERIA MERCANTIL PROCESAL. INOPERANCIA DE LA DEL DERECHO COMUN CUANDO NO EXISTEN LAGUNAS. (s/clave)
- SUPLETORIEDAD EN MATERIA PROCESAL MERCANTIL. INOPERANCIA DE LA, CUANDO NO EXISTEN LAGUNAS. (s/clave)
- JUICIOS MERCANTILES, SUPLETORIEDAD DE LA LEGISLACION LOCAL EN LOS. PROCEDENCIA. (s/clave)
- LEYES SUPLETORIAS. APLICACION DE LAS, EN LA TRAMITACION Y RESOLUCION DE RECURSOS MERCANTILES. (I.5o.C.565 C)
- LEYES SUPLETORIAS EN MATERIA MERCANTIL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis