Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

REVISION, PROCEDENCIA DEL RECURSO DE, Y NO EL DE QUEJA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 215666 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 557

Si los autos combatidos por medio del recurso de queja fueron pronunciados por el juez de Distrito en la audiencia constitucional dicho recurso debe ser declarado improcedente por el Tribunal Colegiado que de él conozca, sea cual fuere la trascendencia y gravedad de los mismos, en atención a que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 83, fracción IV, de la Ley de Amparo, el recurso que procede es el de revisión, el cual debe hacerse valer cuando se impugne la sentencia que pronuncie el juez federal en la audiencia mencionada.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/215666-5f5680df/revision-procedencia-del-recurso-de-y-no-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 44/92. Bettina Peñuñuri de Silva. 8 de julio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Nabor González Ruiz. Secretario: José Sergio Reséndiz Carvajal.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis