CONDENA CONDICIONAL. PARA AUMENTAR LA FIANZA FIJADA PARA GARANTIZAR LA LIBERTAD CAUCIONAL, DEBE FUNDAR Y MOTIVAR LAS CONSIDERACIONES QUE DIERON ORIGEN A LA.
Es cierto que la condena condicional no constituye un derecho establecido por la ley en favor del sentenciado sino un beneficio cuyo otorgamiento queda al prudente arbitrio del juzgador, y, por ende, el uso de esa facultad no debe ser indebida, sino que debe estar sujeta a lo que sobre esta institución jurídica consagra la ley procesal y por tanto, debe motivar y razonar aquellas consideraciones que invoca en la sentencia reclamada para condicionar el beneficio de la condena condicional para poder aumentar la fianza que fijó para garantizar la libertad caucional.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/217242-06f68a2f/condena-condicional-para-aumentar-la-fianza-fijada-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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