FORMAL PRISION. PRUEBA DE SU INCONSTITUCIONALIDAD.
Conforme al artículo 149 de la Ley de Amparo, la carga de la prueba de los hechos que determinan la inconstitucionalidad del acto reclamado corresponde al quejoso, cuando dicho acto no sea violatorio de garantías en sí mismo, sino que dependa de los motivos, datos o pruebas en que se haya fundado el propio acto; en consecuencia, si el juez del conocimiento únicamente remitió copia certificada del auto de formal prisión, sólo es factible examinar en la sentencia constitucional, si la resolución combatida reunió la forma constitucionalmente exigida, mas no es dable analizar los elementos materiales, pues para tal efecto es necesario estudiar si los datos contenidos en la averiguación previa, son bastantes para comprobar el cuerpo del delito y hacer probable la responsabilidad penal del procesado, lo cual debe acreditar el peticionario.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/218184-9790aea6/formal-prision-prueba-de-su-inconstitucionalidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AUTO DE FORMAL PRISION. CORRESPONDE AL QUEJOSO DEMOSTRAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL. (427)
- AUTO DE FORMAL PRISION. CORRESPONDE AL QUEJOSO DEMOSTRAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL. (VI. 2o. J/268)
- AUTO DE FORMAL PRISION, PRUEBA DE SU INCONSTITUCIONALIDAD. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION, PRUEBA DE SU INCONSTITUCIONALIDAD. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION, CORRESPONDE AL QUEJOSO DEMOSTRAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL. (s/clave)
- FORMAL PRISION, CONCEPTOS DE VIOLACION PLANTEADOS CONTRA EL AUTO DE. INDEBIDA OMISION DE SU ESTUDIO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis