Corpus
Modo: Corpus Pro

CAREOS ENTRE COACUSADOS, OMISION DE. NO VIOLATORIA DE GARANTIAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 219629 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Abril de 1992; Pág. 448

La omisión de careos entre el inculpado y su coacusado, no es violatoria de garantías, si el primero confesó los hechos constitutivos del delito materia de la condena; de ahí que, cualquiera que fuere el resultado de esos careos no beneficiaría la situación jurídica de dicho inculpado, y por lo mismo el concepto de violación que haga valer al respecto es fundado pero inoperante.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219629-a3ecc85a/careos-entre-coacusados-omision-de-no-violatoria-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 155/90. David Cruz Ramos. 5 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván. Sostiene la misma tesis: Amparo directo 403/91. Gilberto Valerio Acosta. 29 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Nelson Loranca Ventura.

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