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TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, JUICIO DE NULIDAD ANTE EL. DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE A LA INTERPOSICION DEL JUICIO DE GARANTIAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 221553 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 328

La parte quejosa está obligada a agotar el juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, previamente a la interposición del juicio de garantías, cuando mediante el citado juicio se pueda modificar, revocar o nulificar la resolución reclamada, máxime que la excepción al principio de definitividad se da sólo en el caso de que se hagan valer única y exclusivamente violaciones directas a la constitución, lo que no ocurre cuando al lado de violaciones directas a la constitución se hacen valer violaciones a preceptos secundarios.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/221553-e321abde/tribunal-de-lo-contencioso-administrativo-del-distrito-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 796/90. Petróleos Mexicanos. 18 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretario: César Thomé González. Amparo en revisión 116/90. Gerardo Velázquez Vélez y otros. 31 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretario: César Thomé González. Amparo en revisión 2616/89. Miguel Alberto Tapia A. 31 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Pérez de León Espinosa. Secretaria: Yolanda Ruiz Paredes. Amparo en revisión 936/89. Carlos David Cabrera Bretón. 24 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretaria: Maria Eugenia Peredo García Villalobos. Octava Epoca, Tomo III, Segunda parte-II, página 850.

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