CAREOS. CUANDO LA OMISION DE VALORARLOS, NO ES SUFICIENTE PARA CONCEDER EL AMPARO.
La omisión en que se incurre en la sentencia de valorar el careo efectuado entre un testigo y el reo, en el que aquél se retractó de la versión inicial que dio ante el representante social, no provoca la concesión del amparo, aun cuando exista contradicción entre tal retractación y las restantes constancias del proceso, si aquélla no se encuentra apoyada por pruebas aptas y bastantes jurídicamente, para restarle valor a la acusación directa que tal testigo hizo contra el acusado en su primera declaración.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/222453-ecbbf153/careos-cuando-la-omision-de-valorarlos-no-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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