Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

AMPARO, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL. CONOCIMIENTO DEL ACTO RECLAMADO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 229783 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 92

Si bien es verdad que el artículo 21 de la Ley de Amparo establece que el término de 15 días para interponer el juicio de garantías se computará a partir del día siguiente en que el quejoso tenga conocimiento, debe ser directo, exacto y completo, porque solamente así el afectado con el acto está en condiciones de promover el juicio constitucional, por lo que dicho término debe computarse a partir del día siguiente en que el quejoso manifestó que tuvo conocimiento cabal de los actos reclamados.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/229783-b0a3f974/amparo-termino-para-la-interposicion-del-conocimiento-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 347/88. Dorotea Hernández Ramírez. 25 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Jorge Valencia Méndez. Nota: Reitera criterio de la jurisprudencia 3/85, octava parte, Apéndice 1917-1985.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis