AMPARO, TERMINO PARA INTERPONER EL.
Aunque el quejoso no precise en su demanda la fecha en que tuvo conocimiento de los actos reclamados, si no existe constancia alguna de la que se desprenda en forma indubitable que el agraviado los conoció antes de los 15 días de la fecha en que presentó su demanda, la posición de la autoridad responsable, sosteniendo que el quejoso se enteró de los actos que impugna, en cualquiera de las fechas en que la propia responsable indique, es improcedente, pues habría que partir de suposiciones contrarias a la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte en el sentido de que el conocimiento del acto reclamado por el quejoso que sirve de base para el cómputo del término de interposición del juicio de garantías debe constar probado de modo directo y no inferirse de presunciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318057-62da5573/amparo-termino-para-interponer-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO, TERMINO PARA INTERPONERLO. (s/clave)
- AMPARO, TERMINO PARA SU INTERPOSICION (ACTO RECLAMADO, CONOCIMIENTO DEL). (s/clave)
- AMPARO, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL. (s/clave)
- AMPARO, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL. CONOCIMIENTO DEL ACTO RECLAMADO. (s/clave)
- AMPARO. TERMINO PARA SU INTERPOSICION CUANDO EXISTEN ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
- AMPARO, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis