PRUEBAS EN EL AMPARO INDIRECTO, ADMISION DE LAS.
Aun cuando del contexto de los artículos 150 y 151 de la Ley de Amparo, se desprende que en el juicio de garantías es admisible toda clase de pruebas, excepto la de posiciones y las que fueren contra la moral o el derecho, sin embargo, dichos preceptos legales deben interpretarse en relación con el principio general de derecho que faculta al juez para desechar las pruebas que estime inconducentes o no idóneas para justificar los extremos que se intentan.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230409-c7392329/pruebas-en-el-amparo-indirecto-admision-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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