SALARIOS VENCIDOS. NO CONSTITUYEN ENRIQUECIMIENTO ILEGITIMO PARA EL TRABAJADOR.
No puede considerarse que al recibir el trabajador una indemnización que comprenda los salarios vencidos, obtenga un enriquecimiento ilegítimo o indebido; por el contrario, si por causa imputable al patrón, el trabajador queda súbitamente sin trabajo y por ende sin la remuneración que le corresponde y además se le somete a un juicio donde el patrón de antemano sabe que no va a justificar la causa del despido, es justo en protección de la clase trabajadora, que el patrón sufra la consecuencia de su actuación indebida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/233079-17dd1ebf/salarios-vencidos-no-constituyen-enriquecimiento-ilegitimo-para-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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